La Justicia en Mora
La Justica morosa en cumplimiento de la Constitución de Colombia
Incumplimiento legal de la Constitución Política de Colombia y la Ley Estatutaria por parte de los Administradores de Justicia, en particular del principio de CELERIDAD DE JUSTICIA, en el proceso del cual soy cesionario demandante:
Proceso Ejecutivo Hipotecario Nº 2003-795 del Juzgado 6 Civil de Ejecución de Sentencias de Bogotá, numero de radicación: 11001400300620030079500 porque:
- El pleito lleva 16 años y normalmente demoran 2 años.
- El proceso busca resolver una deuda generada por no pago de un crédito hipotecario de 1993, que inicio proceso en juzgados en 2003.
- Han hecho 5 convocatorias a remate, desde la última ya va a completar 3 años.
He acudido a:
- La Jueza del juzgado: Sandra Eugenia Pinzón Castellanos.
- La Procuraduría General de la Nación – La Personería de Bogotá: Dra María del Pilar Castellanos Ardila.
- El Consejo Superior de la Judicatura: Dra Emilia Montañez de Torres.
No hay solución, porque continua el proceso, la justicia en brazos de Morfeo.
Nota: entendemos que muchos Juzgados en Colombia están sobre saturados de procesos judiciales y no dan a basto para solucionarlos a tiempo. Pero también somos conscientes de que muchos procesos “duermen” a conveniencia de ciertos abogados aliados con los respectivos jueces.
La idea en muchos juzgados es que ciertos procesos se solucionen con el “vencimiento de términos” para conveniencia de ciertas personas.